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10-09-2026, 7:59:30 AM

Si no cuidaste a tus padres, podrías quedarte sin herencia

CDMX propone impedir heredar a quienes abandonen adultos mayores mediante un nuevo registro y una resolución judicial. Esto plantea la iniciativa.

El nuevo registro incluiría casos de incumplimiento grave y reiterado de obligaciones de cuidado, asistencia o alimentos.
El nuevo registro incluiría casos de incumplimiento grave y reiterado de obligaciones de cuidado, asistencia o alimentos. © Depositphotos.com

Abandonar a un padre, madre o familiar adulto mayor podría tener consecuencias directas sobre una futura herencia en Ciudad de México.

El diputado de Morena Pedro Enrique Haces Lago presentó una iniciativa para modificar el Código Civil capitalino y crear un Registro de Abandono de Personas Mayores. El proyecto fue ingresado al Congreso local el 3 de septiembre de 2026.

La propuesta plantea agregar una fracción XIII al artículo 1316 del Código Civil. Con ella, una persona sería incapaz de heredar por testamento o sucesión intestamentaria cuando figure en ese registro a partir de una resolución judicial firme que haya acreditado abandono o incumplimiento grave y reiterado de obligaciones de cuidado, asistencia o alimentos respecto de la persona adulta mayor fallecida.

Esto significa que no bastaría una acusación entre familiares para perder automáticamente una herencia: tendría que existir una determinación judicial previa.

¿Cómo funcionaría el Registro de Abandono de Personas Mayores?

El proyecto propone que el Registro Civil de la Ciudad de México administre el nuevo padrón.

La inscripción únicamente podría ordenarla una autoridad judicial después de que una resolución firme determine que existió abandono o un incumplimiento grave y reiterado de cuidado, asistencia o alimentos. El registro contendría, entre otros datos, el nombre y CURP de la persona inscrita, la identidad de la persona mayor afectada, el vínculo familiar o jurídico y la información del expediente correspondiente.

También se contempla la expedición de un certificado de inscripción o no inscripción dentro de los tres días hábiles siguientes a la solicitud.

La inscripción podría cancelarse si una resolución deja sin efectos la determinación de abandono o si un juez concluye que cesaron las condiciones que la originaron después de valorar nuevamente el cumplimiento de las obligaciones.

Si eventualmente la reforma es aprobada y publicada, el proyecto establece que el registro tendría un plazo máximo de 180 días naturales para comenzar a operar.

La ley actual ya puede impedir heredar en algunos casos

Aquí está uno de los matices más importantes.

El Código Civil vigente de Ciudad de México ya contempla determinadas conductas familiares como causas de incapacidad para heredar.

El artículo 1316 establece, por ejemplo, que pueden quedar excluidos los parientes que, teniendo obligación de proporcionar alimentos al autor de la herencia, no hayan cumplido; también menciona a quienes no cuidaron a un familiar imposibilitado para trabajar y sin recursos.

La propuesta de Haces Lago, por tanto, no inventa desde cero la posibilidad de perder una herencia por abandono.

Lo que hace es crear una causal explícita relacionada con personas adultas mayores y acompañarla de un registro formal que permitiría dejar constancia de una resolución judicial antes del juicio sucesorio.

Ese mecanismo podría reducir disputas posteriores entre familiares sobre quién tiene derecho a los bienes, aunque su funcionamiento dependería de cómo se pruebe judicialmente el abandono y de las reglas que finalmente apruebe el Congreso.

¿Significa que los hijos están obligados a recibir una herencia?

No.

El tema de la iniciativa no es establecer un derecho automático de los hijos sobre los bienes de sus padres, sino determinar quién tiene capacidad legal para heredar cuando existe testamento o cuando una sucesión se tramita sin él.

La propuesta cobra especial importancia en sucesiones intestamentarias, donde los vínculos familiares determinan quiénes pueden ser llamados a recibir los bienes.

Tampoco aplica únicamente a “hijos ingratos” en sentido coloquial. El texto habla de personas que incumplan obligaciones de cuidado, asistencia o alimentos respecto de una persona adulta mayor y cuya conducta haya sido acreditada judicialmente.

Una ciudad que envejece también enfrenta un reto de cuidados

La discusión ocurre en una ciudad cuya estructura demográfica cambia rápidamente.

Datos de INEGI retomados por Evalúa CDMX indican que la población de 60 años y más pasó de representar 8.5% de los habitantes de la capital en 2000 a 16.2% en 2020.

INEGI también ubicó a Ciudad de México como la entidad con el mayor índice de envejecimiento del país en 2020: 90 personas mayores por cada 100 menores de 15 años.

El Congreso capitalino ha avanzado además en una agenda más amplia sobre cuidados y derechos de este sector, incluida la nueva Ley del Sistema de Cuidados de la Ciudad de México aprobada en 2026.

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autor El equipo editorial de EMPRENDEDOR.com, que por más de 27 años ha trabajado en impulsar el emprendimiento.