Buscador
FRANQUICIAS IDEAS DE NEGOCIO GUÍA DEL EMPRENDEDOR
Español Español (Original)
English English
Français Français
Português Português
Deutsch Deutsch
中文 中文
Ver revista digital
03-11-2026, 6:00:00 PM

Este caldo Knorr dice tener 200 gramos, pero Profeco encontró menos

Cuatro productos Calnort carecen de información nutrimental del producto preparado e instrucciones de uso.

Profeco evaluó 36 caldos, concentrados y sazonadores en polvo y cubos comercializados en México.
Profeco evaluó 36 caldos, concentrados y sazonadores en polvo y cubos comercializados en México. © Depositphotos.com

Un cubo de caldo puede parecer uno de los productos más sencillos dentro de una despensa. Sin embargo, detrás de su etiqueta existen obligaciones sobre peso, origen, información nutrimental, sodio, instrucciones y trazabilidad que las marcas deben cumplir.

El Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) analizó 36 caldos y sazonadores procesados disponibles en México y encontró incumplimientos en distintas marcas.

El estudio, publicado en la edición de noviembre de la Revista del Consumidor, incluyó productos de pollo, res, pescado, camarón y vegetales, tanto en polvo como en cubos, además de cinco sazonadores. Profeco revisó contenido neto, aporte nutrimental, grasa saturada, sodio, contenido energético, veracidad de la información comercial y cumplimiento de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010.

Knorr declara 200 gramos, pero Profeco encontró 188.7

Uno de los hallazgos más directos involucra al caldo de vegetales en polvo sabor costilla de res de Knorr.

La presentación analizada declara 200 gramos de contenido neto, pero el laboratorio encontró 188.7 gramos, por lo que Profeco determinó que no cumple con la cantidad informada al consumidor.

La NOM-051 establece que los alimentos preenvasados deben declarar su contenido neto y que la información incluida en las etiquetas debe ser veraz y no inducir a error respecto de las características del producto.

Imagen: Revista del Consumidor | Profeco
Imagen: Revista del Consumidor | Profeco

El señalamiento corresponde a esa presentación concreta; no debe extrapolarse automáticamente a todo el portafolio de Knorr.

Para fabricantes, el caso muestra que la regulación no termina en ingredientes y sellos frontales. La cantidad que recibe el consumidor también forma parte de la promesa comercial que aparece impresa en el empaque.

Calnort, Selecto Brand y Origen Sano también tuvieron observaciones

Las irregularidades encontradas abarcan distintos aspectos del etiquetado.

El sazonador de vegetales con sabor a res de Origen Sano no presenta la leyenda del país de origen.

Profeco identificó además cuatro productos de Calnort —caldo sabor carne en polvo, caldo de pescado deshidratado, caldo de vegetales en cubos y caldo de pollo en polvo— que no incluyen la declaración nutrimental del producto preparado ni instrucciones de uso o preparación.

Imagen: Revista del Consumidor | Profeco
Imagen: Revista del Consumidor | Profeco

En Selecto Brand, tanto el caldo de pollo en cubos como el caldo de pollo en polvo presentan un error en la forma de expresar el sodio: la información debería aparecer en miligramos (mg), pero los envases la presentan en gramos (g).

La NOM-051 establece que la declaración nutrimental debe incluir la cantidad de sodio y fija los requisitos generales de información comercial y sanitaria para alimentos preenvasados comercializados en México.

Los cubos individuales también deben permitir rastrear el producto

Otro de los hallazgos afecta a presentaciones múltiples.

Profeco encontró 12 productos de Don Sabor, Chedraui, Great Value, Knorr, Calnort y Origen Sano cuyos cubos individuales carecen de lote, fecha de caducidad y de la indicación “No etiquetado para su venta individual”.

No se trata de un detalle meramente estético.

La NOM-051 dispone que lote y fecha de caducidad o consumo preferente deben aparecer en los alimentos preenvasados individuales. Cuando una unidad interior no contiene toda la información obligatoria porque forma parte de un paquete, debe indicar que no está etiquetada para su venta individual.

Además, seis productos de Utopia Organics, Origen Sano, Veggie Mix y Zona Organikum no muestran su denominación utilizando la misma tipografía y tamaño exigidos en su presentación.

Para empresas de alimentos, estos hallazgos ilustran cómo pequeños errores de empaque pueden convertirse en incumplimientos regulatorios.

El “consomé” tiene un vacío particular de regulación

Hay otro punto menos visible, pero relevante para la industria.

Profeco señala expresamente que no existe un estándar de calidad específico para los productos que se denominan “sazonadores tipo consomé” o “consomé”.

Eso no significa que puedan comercializarse sin regulación.

Siguen sujetos a la NOM-051 y a las demás disposiciones aplicables de etiquetado e información al consumidor. Lo que no existe es una norma que establezca una composición mínima específica que un producto deba cumplir para denominarse “consomé”.

Para el comprador, eso vuelve especialmente importante comparar ingredientes, información nutrimental y sellos, en lugar de asumir que dos productos con nombres parecidos contienen necesariamente una formulación equivalente.

El sodio sigue siendo el punto crítico de salud

Más allá de las irregularidades comerciales, Profeco pone especial atención en el sodio.

La Organización Mundial de la Salud recomienda para adultos menos de 2,000 miligramos de sodio al día, equivalentes a menos de 5 gramos de sal. En su actualización de mayo de 2026, la OMS calculó que la ingesta media mundial alcanzaba 4,278 miligramos diarios de sodio en 2021, más del doble del nivel recomendado.

La propia OMS menciona expresamente los cubos de caldo y otros condimentos entre las fuentes de sal añadida durante la preparación de alimentos.

Por eso, Profeco recomienda revisar el etiquetado, moderar productos con el sello “EXCESO SODIO” y, especialmente en personas con hipertensión, seguir las indicaciones médicas. También propone utilizar caldos elaborados en casa para tener mayor control sobre los ingredientes y la cantidad de sal.

Para las marcas, el mensaje va más allá del cumplimiento: el consumidor está recibiendo cada vez más información para comparar productos no solo por precio y sabor, sino también por su composición.

Conoce más:

caldo Knorr 188.7 gramos caldos y sazonadores Profeco Calnort Profeco consomé México Contexto estudio calidad Profeco etiquetado alimentos México exceso sodio Knorr Profeco 2026 NOM-051 Profeco caldos Profeco consomés Revista del Consumidor noviembre 2026 sazonadores procesados Selecto Brand Profeco sodio caldos
autor El equipo editorial de EMPRENDEDOR.com, que por más de 27 años ha trabajado en impulsar el emprendimiento.