
Si tienes adeudos fiscales pendientes, octubre puede ser una última ventana para regularizarte con un costo menor. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene abierto el Programa de Regularización Fiscal 2026, mediante el cual determinadas personas físicas y empresas pueden obtener una reducción de hasta 100% en multas, recargos y gastos de ejecución relacionados con adeudos fiscales.
El programa está dirigido a contribuyentes cuyos ingresos totales durante 2024 no hayan superado los 300 millones de pesos y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Ingresos de la Federación y las reglas fiscales aplicables.
La fecha límite general para presentar la solicitud es el 31 de octubre de 2026. Sin embargo, quienes busquen utilizar la facilidad vigente de pago en dos parcialidades deberán solicitarla a más tardar el 15 de octubre.
El esquema considera obligaciones correspondientes a 2024 o ejercicios anteriores y puede aplicarse, según el caso, a:
El SAT contempla tres grandes grupos de contribuyentes: quienes tienen contribuciones o cuotas compensatorias pendientes que todavía no han sido determinadas por la autoridad; quienes se encuentran bajo facultades de comprobación; y quienes ya tienen créditos fiscales firmes determinados por el SAT o la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
Depende del tipo de adeudo.
El estímulo puede alcanzar 100% de multas, recargos y gastos de ejecución cuando se cumplen los supuestos previstos por el programa y se cubre la contribución, aprovechamiento o cuota compensatoria correspondiente.
Cuando se trata de créditos fiscales firmes integrados exclusivamente por multas derivadas de obligaciones distintas al pago, el beneficio puede ser de hasta 90%, siempre que se subsane la obligación que originó la sanción.
Por eso, no debe interpretarse el programa como una eliminación general de cualquier deuda con el SAT: el impuesto o contribución principal continúa siendo exigible cuando corresponda.
Entre los requisitos se encuentra no haber recibido determinadas condonaciones fiscales anteriores ni haber utilizado el estímulo de regularización previsto para 2025.
Tampoco pueden acceder quienes tengan una sentencia condenatoria firme por un delito fiscal o aparezcan en los listados definitivos relacionados con los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación, entre otros supuestos previstos por las reglas del programa.
Antes de presentar una solicitud, una empresa debería revisar con su contador o asesor fiscal que cumple con todos los requisitos y determinar exactamente qué adeudos pueden acogerse al beneficio.
El procedimiento puede realizarse presencialmente en una oficina del SAT o a través de internet.
Para hacerlo en línea, el SAT indica:
El SAT también dispone de un minisitio con formatos de solicitud, preguntas frecuentes y canales de orientación.
El programa opera desde enero de 2026.
Hasta agosto, el SAT había reportado 38,399 contribuyentes beneficiados, entre ellos 26,995 personas físicas y 11,404 empresas.
La autoridad informó que mediante el programa se habían recuperado 6,436 millones de pesos para la hacienda pública.
Para una pyme con adeudos pendientes, el incentivo puede representar una oportunidad para disminuir el peso de accesorios y sanciones antes del cierre del ejercicio fiscal.
El punto clave es revisar pronto la situación particular: el 31 de octubre es la fecha límite general para solicitar el beneficio y el 15 de octubre lo es para quienes pretendan aprovechar el esquema actual de dos parcialidades.
