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03-02-2022, 8:22:00 AM

RESICO: ¿Qué es y cómo saber si conviene para mi negocio?

El Régimen Simplificado de Confianza es una simplificación administrativa para los contribuyentes. Conoce cuáles son los beneficios y obligaciones.

© Depositphotos.com

Queremos que cuando nos refiramos al SAT (Servicio de Administración Tributaria) dejes de pensar en una preocupación. Para lograrlo, la clave está en organizarte bien, conocer los estados financieros de tu negocio y saber de las modificaciones que se hacen cada año respecto a las obligaciones y derechos en materia fiscal.

El pasado 12 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de Ley del Impuesto sobre la Renta, entre otras disposiciones.

En este sentido, se adicionaron diversas disposiciones fiscales que detallan el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el cual sustituye al anterior Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

Para conocer las implicaciones de este nuevo régimen, consultamos a Óscar Meza, rector del Instituto de Especialización para Ejecutivos.

Lo nuevo en el SAT para las personas físicas con actividad empresarial

El impuesto sobre la renta (ISR) establece un nueva propuesta llamada Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que entró en vigor el 1 de enero de 2022 y permite a las personas físicas que tengan menores ingresos, paguen menos impuestos.

¿Quién puede optar por el RESICO?

El Régimen Simplificado de Confianza está orientado específicamente a personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados conforme a su actividad económica perteneciente a alguno de los cuatro regímenes fiscales de RESICO: actividades empresariales y profesionales, Régimen de Incorporación Fiscal, uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento) y actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

“Este nuevo Régimen Simplificado de Confianza es un VIP. No todo mundo puede estar dentro del RESICO, por ejemplo, si eres socio o accionista de una empresa; o si perteneces a un grupo de consejeros de una persona moral”, explica el especialista fiscal Óscar Meza.  

A partir de 2022, las personas que se encuentren en este nuevo esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5% de sus ingresos. Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto. Sin embargo, hay que tomar en cuenta que la tasa del impuesto sobre la renta (ISR) a personas físicas durante el 2020 fue de 25.4%, que es 10 veces más que la tasa máxima del Régimen Simplificado de Confianza.

“Las personas físicas pueden estar de forma optativa en RESICO. De tal manera que sólo necesitan tener claro que el nuevo régimen tomará como base todos sus ingresos facturados y cobrados para poder establecer la contribución mensual al erario. El pago va de 1 a 2.5% (máximo)”, expresa el entrevistado.

El Régimen Simplificado de Confianza permite disminuir la labor contable del contribuyente sin que requiera el apoyo de terceras personas. El SAT como anualmente lo realiza, hará los cálculos y ofrecerá la declaración anual precargada que estará prácticamente lista, solamente para ser cotejada y pagar.

Las personas en el RESICO estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5% de sus ingresos.

Las personas morales y el RESICO

Al Régimen Simplificado de Confianza se pueden adherir las personas morales con ingresos menores a 35 millones de pesos anuales cuyos socios sean personas físicas. “Para las personas morales no es una opción estar dentro de Resico, es una obligación, siempre y cuando no rebasen de 35 millones de pesos en el ejercicio. Una gran ventaja es que las compras son deducibles al 100%”, señala Óscar Meza, rector del Instituto de Especialización para Ejecutivos.

El experto explica que estás personas morales no tendrán una tasa que va del 1 al 2.5%, sino que trabajarán con ingresos pagados menos deducciones autorizadas; y se les aplicará el resultado en la tasa corporativa del 30%. “Este régimen no acepta a cualquier contribuyente de persona moral. Si alguno de los socios o accionistas tiene otra empresa no podrían estar dentro de RESICO”, abunda el entrevistado.  

Este nuevo régimen otorgará mayor liquidez a estas personas morales, porque pretende que las empresas tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos. ¿Cómo se obtiene esta liquidez? Por dos vías: 1) A partir de 2022 estas personas morales pagarán sus impuestos únicamente cuando su facturación sea cobrada. 2) Al comprar maquinaria y ciertas inversiones pueden deducirlo para pagar menores impuestos. Con RESICO seguirán deduciendo, pero en menor tiempo y con mayores tasas.

Si te encuentras en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y no presentaste tu Aviso de actualización de obligaciones y actividades económicas a más tardar el 31 de enero de 2022 para continuar en el RIF; ahora a partir del 1 de febrero ya pertenecerás al Régimen Simplificado de Confianza.

Con la implementación del RESICO, el SAT busca facilitar a los contribuyentes la declaración de impuestos y el manejo de sus actividades contables, sin embargo, no estar en el régimen adecuado podría traerte serias consecuencias en el pago de tus impuestos.

Al respecto, Andrés Hinojosa CEO y fundador de la startup contable Simmple, advierte, “cuando te atrasas en el pago de tus impuestos, ya sea porque te equivocaste o los omitiste, debes pagar actualizaciones, recargos y multas. La tasa de recargos que usa el SAT es de 1.47% mensual y las actualizaciones se calculan con base en el Índice Nacional de Precios y Cotizaciones (INPC). Las multas pueden variar”.

Por eso la sugerencia es contar con el asesoramiento de especialistas en el tema que podrán acompañarte paso a paso, darte un diagnóstico de tu situación fiscal y llevar tu contabilidad de la manera más sencilla y con la transparencia que se requiere para que estés seguro de que estás al día con tus obligaciones fiscales.

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autor Periodista. Amo escribir de empresas y emprendedores.