



La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) obtuvo amparo para suspender de forma indefinida el decreto de reforma a la Ley General para el Control del Tabaco. La normativa entró en vigor el 15 de enero y prohíbe espacios para fumadores en restaurantes, bares y otros sitios públicos sin zonas exclusivas para fumadores.
El Decimocuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió el 13 de julio la suspensión definitiva del decreto.
La Ley General para el Control del Tabaco entró en vigor el 15 de enero en México prohibiendo fumar en espacios públicos 100% libres de humo y en otros lugares de concurrencia colectiva, como estadios, plazas, parques, playas y hasta hoteles.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoció esta norma como una de las más avanzadas porque también prohibía fumar en bares, restaurantes y otros sitios públicos sin zonas exclusivas para fumadores.
No obstante, la Canirac – que representa a 600 mil establecimientos a nivel nacional- interpuso un juicio de amparo. El organismo aseveró que la industria restaurantera ya cumplía con normas que resguardan “el derecho al libre desarrollo de la personalidad de las personas fumadoras”.
De acuerdo con la Cámara, “la nueva ley no protege más a las personas no fumadoras, sino que genera una serie de restricciones y prohibiciones en la industria que tienen como propósito limitar el ejercicio de otros derechos humanos, como el que se obligue a discriminar y a negar el servicio a clientes”.
La suspensión de la reforma al reglamento aplica para todos aquellos restaurantes afiliados a la Canirac que cuenten con licencia de funcionamiento vigente que cumpla con el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco previo a la Reforma.
Según datos del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), se calcula que en México existen unos 15 millones de fumadores.