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Qué sí y qué no pueden hacer las empresas de cobranza

Cerca de 70% de las personas han tenido una mala experiencia con empresas de cobranza. ¿Qué sí pueden hacer para recuperar su deuda?

¿Te han hostigado las empresas de cobranza?
¿Te han hostigado las empresas de cobranza? © Depositohotos.com

Si alguna vez te han contactado empresas de cobranza, este artículo es para ti.

De acuerdo con los más recientes registros del Sistema de Información Económica del Banco de México (Banxico), en el país hay más de 123,500 millones de pesos en cartera vencida de la banca comercial. Se trata de una cantidad que supera, por ejemplo, el presupuesto anual de Banobras para proyectos del Gobierno Federal, como es el caso del Tren Maya y el México-Toluca, así como la refinería de Tula.

La cantidad de dinero que se debe en México a nivel familiar es enorme. En ese contexto, las empresas de cobranza apoyan a las instituciones financieras para recuperar su cartera vencida. Sin embargo, entre ese tipo de compañías se ha generado una mala reputación del sector, en parte porque realizan algunas prácticas poco amigables con los deudores, pero también porque en México hay poca educación financiera que permita a los usuarios saber qué puede y qué no pueden hacer estas compañías.

De acuerdo con cifras de Coperva, tan solo durante la cuesta de enero el promedio de morosidad en entidades financieras ascendió a más de 40,000 pesos, en tanto que en el sector bancario la cifra se ubicó en 50,484 pesos. Por eso, además de conocer las alternativas de pago para liquidar un compromiso, es importante que los usuarios de productos financieros conozcan los alcances y limitaciones que tienen las empresas de cobranza a fin de presentar alguna queja en caso de algún abuso o fraude.

Derechos y limitaciones de las empresas de cobranza

Esto es lo qué sí pueden y lo qué no pueden hacer las empresas de cobranza cuando actúan como intermediarios entre los usuarios y las entidades financieras:

Qué sí pueden hacer

Los despachos de cobranza funcionan como intermediarios una vez que la entidad financiera buscó al deudor y solicitó el cumplimiento del pago sin éxito o bien por una falta de acuerdos pactados. Entre las principales condiciones y facultades que deben cumplir destacan:

  • Brindar en todo momento información al deudor sobre su situación financiera, esto debe hacerse de manera cordial y personal, es decir, no puede negociar con algún intermediario.
  • La comunicación con el deudor debe realizarse en días y horarios hábiles.
  • Todo acuerdo que se alcance para cubrir el adeudo debe quedar por escrito, señalando todas sus características en las que habrá de realizarse el pago.

Qué no pueden hacer

El último reporte de la Condusef establece que durante el 2022 la dependencia registró más de 20,500 reclamaciones por presuntas malas prácticas de agentes en la gestión de cobranza de créditos. Entre las principales actividades no permitidas sobresalen:

  • Utilizar un nombre o denominación que se asemeje a una institución pública.
  • Amenazar o intimidar con embargos o acciones de cobranza judicial para infundir miedo.
  • Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales o de alguna dependencia jurisdiccional.
  • Hacer gestiones de cobro, negociación o reestructuración con personas que no son los deudores.

Las malas prácticas, amenazas e intimidaciones de algunas de estas empresas han llevado a que cerca de 70% de las personas han tenido una mala experiencia con empresas de cobranza. Por ello, es importante que el deudor verifique que se trata de una entidad debidamente registrada en la página del Registro de Despachos de Cobranza (Redeco) de la Condusef, así como tener claridad de los términos del acuerdo de regularización del adeudo.

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autor Fundador y Ceo de Coperva, firma líder en recuperación de cartera vencida. Cuenta con diversos reconocimientos por innovar la industria en la que participa. Autor del libro Liderazgo para tod@s. Conferencista.