
Un hombre sufrió un infarto, fue ingresado a terapia intensiva y quedó imposibilitado para avisar a su empresa. A pesar de ello, su patrón lo despidió bajo el argumento de “ausencia injustificada”. Ahora, la justicia acaba de fallar a favor del trabajador, imponiendo una millonaria indemnización. Esto además deja un precedente clave sobre derechos laborales y trato digno ante emergencias médicas.
Un caso ocurrido en España reapareció en la atención pública en noviembre de 2025. Se trata de un trabajador que sufrió un infarto en 2022, fue internado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) y quedó completamente imposibilitado para comunicarse. Pese a su condición, la empresa decidió despedirlo apenas dos días después, alegando “ausencia injustificada”.
La decisión generó indignación y fue presentada por varios medios como un claro ejemplo de despido injustificado e insensible. Se documentó que el empleado no pudo dar aviso alguno, pues estaba en estado grave y sedado en la UCI.
El caso llegó al Juzgado de lo Social número 1 de la ciudad de Girona, donde la justicia revisó la documentación médica y las circunstancias del despido.
El tribunal concluyó que la empresa actuó de forma improcedente, pues el trabajador no tenía forma de justificar su ausencia.
De hecho, se determinó que hubo una posible discriminación por motivo de salud. Esto porque al despedir a una persona en una situación médica crítica se contravino los principios de igualdad de trato.
Como resultado, la empresa fue condenada a pagar más de 15,000 euros por daño moral. Además, debe compensar los salarios caídos desde el despido hasta la resolución del juicio —equivalente a más de 318,900 pesos mexicanos al tipo de cambio referencial de la nota.
