Antes de decir si son buenas o malas, aquí te damos el ABC de las Afores. Y asegúrate de compartir esta información con tus colaboradores.
En 2020, Juan fundó una agencia de marketing digital y contrató a dos empleados –María y Pablo, ambos de 30 años de edad en ese entonces–. Esto significa que sus dos colaboradores podrán jubilarse a partir de 2055, cuando cumplan 65 años, pues pertenecen al Régimen 97. ¿Esto es bueno o malo?, ¿qué sabes acerca de las Afores y de cómo benefician a tus empleados?
“Hasta 1997, el sistema de pensiones en México era administrado por el IMSS o el ISSSTE, según el tipo de empleador, privado o público respectivamente, que tuviera cada persona. Sin embargo, con el objetivo de incrementar el rendimiento de los ahorros invertidos por cada trabajador, en julio de ese año, se puso en marcha el Sistema de Capitalización Individual, en el que los trabajadores realizan aportaciones en entidades financieras privadas llamadas Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores)”, explica la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
ABC de la Afores
Si bien has escuchado muchas veces la palabra ‘Afore’, ¿en realidad sabes qué es? “Las Afores son entidades financieras dedicadas de manera exclusiva y profesional a administrar las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los trabajadores, las cuales deben contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y están sujetas a la regulación de la Consar”, explica la Asociación Mexicana de Afores (Amafore).
Cabe señalar que cada trabajador tiene una cuenta individual que es personal y única. Así, durante su vida laboral, María y Pablo acumularán los recursos (cuotas y aportaciones) que realicen periódicamente tanto ellos, como el patrón (Juan) y el gobierno.
Estas aportaciones se calculan con base en el salario base de cotización, hasta un tope máximo de 23 salarios mínimos. Además, cada Afore se subdivide en cuatro subcuentas:
- Retiro, Vejez y Cesantía.
- Aportaciones voluntarias.
- Vivienda.
- Aportaciones adicionales o complementarias.
¿Le alcanzará su Afore a María y Pablo cuando se retiren?
El trabajador podrá acceder al saldo de su cuenta individual hasta después de los 65 años (Régimen 97), que en México es la edad estipulada por ley para el retiro. Asimismo, debe cumplir con los siguientes requisitos y documentos para realizar el retiro correspondiente:
- En 2021, se requiere un mínimo de 750 semanas de cotización.
- Tener de 60 a 64 años en caso de Pensión por Cesantía
- Tener 65 años en caso de Pensión por Vejez
- Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.
Ahora bien, ¿cómo saber qué Afore te conviene más? La Profeco recomienda poner atención a tres elementos fundamentales: aportaciones, rendimiento y comisiones. Por lo que, para saber cuál es el rendimiento neto, deberás restar al rendimiento la cantidad que la Afore cobra por concepto de Comisiones.
Sin embargo, algo muy importante que deben hacer tanto tú como tus colaboradores es aprender a administrar sus ingresos. Aunque Pablo y María podrán gozar del beneficio de su Afore en el año 2055, desde hoy deben aplicar la regla del 33%:
- 33% para gastar
- 33% para ahorrar
- 33% para imprevistos
Se lee muy fácil, pero recuerda que las finanzas personales son igual que practicar un deporte o desarrollar una nueva habilidad o pasatiempo: hay que empezar poco a poco hasta llegar a los objetivos que buscas.
Comienza a elaborar un presupuesto en donde incluyas todos tus gastos y verifica que no rebasen tus ingresos. Si ese fuera el caso, ahí ya tienes un primer foco rojo que debes atender en tiempo presente y no echarle la culpa a tu Afore en el futuro. ¿Cómo lograrlo? Descúbrelo en Emprededor.com.